Mañana comienza la campaña de la Renta 2016 y desde SmartUp Consulting queremos resolverte todas las dudas que puedan surgir. Gracias a nuestros consejos de asesoría online, podrás realizar por internet todos los trámites con la comodidad y ventajas que ello supone.
El plazo para presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas comienza el miércoles 5 de abril y finaliza el 30 de junio. Este plazo es sólo para la vía telemática. En oficina, comenzará el 11 de mayo y terminará el mismo día. Se podrá pedir cita previa para ello desde el día 4 de mayo. Aunque ya sabes que en una asesoría online como SmartUp Consulting podemos ayudarte en todo este trámite. Nuestro objetivo es que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales mientras tú te centras en tu negocio.
Este año no ha habido muchas novedades, consecuencia directa de tantos meses de gobierno en funciones, que no ha podido legislar. Aun así, anótate estos cambios.
Renta Web sustituye al programa PADRE
El programa PADRE nació para facilitar la presentación telemática de IRPF a los autónomos. Ahora ha sido sustituida por Renta Web. Esta aplicación ya se puso en marcha el pasado año y ahora se ha generalizado. Permite confirmar el borrador y hacer modificaciones en él.
No obstante, los autónomos seguirán sin disponer de borrador ya que hay datos que la Agencia Tributaria no posee al inicio de la campaña. A ellos, el programa Renta Web les parecerá muy similar al PADRE. Incluso experimentarán más ventajas: usabilidad, posibilidad de continuar en distintos dispositivos, actualización de información… No obstante, si estás entre este colectivo, puedes acudir a una asesoría online como SmartUp Consulting si tienes alguna duda 😉
Deducciones que no puede olvidar tu asesoría online
Las deducciones de este ejercicio seguirán siendo más limitadas que en años anteriores. No obstante, te indicamos las que pueden aplicarse con carácter general.
- Por vivienda habitual, hasta un 15% de las cantidades aportadas sobre una base máxima de 9.040 euros. Sólo para quienes hayan comprado su vivienda antes de 2013. Los autónomos que trabajen desde su casa pueden deducirse hasta un 20% de luz, agua y suministros. También otro tipo de gastos del hogar (comunidad, seguro, IBI…) siempre que sea en proporción con el espacio utilizado en la vivienda para la actividad profesional.
- Por alquiler de vivienda habitual, hasta un 10,5% de las cantidades aportadas. Pero sólo si el alquiler se formalizó antes de 2015 y siempre que la base imponible sea inferior a 24.000 euros. No obstante, también hay deducciones en algunas comunidades autónomas.
- Donativos. Tus aportaciones a obras benéficas pueden deducirse hasta un 75% en los primeros 150 euros. En cantidades superiores, se podrá desgravar el 30%. Serán del 35% si se han realizado aportaciones por importe igual o superior a la misma entidad durante tres años consecutivos.
- Patrimonio Histórico Español y Patrimonio Mundial. Las inversiones de este tipo podrán deducirse un 15%, aunque no podrá superar el 10% de la base liquidable.
- Gastos del vehículo. Los autónomos pueden ahora deducirse en el IRPF el 50% de gastos de adquisición y mantenimiento de vehículos. En este sentido se iguala con el IVA.
- Madres trabajadoras. Las madres con hijos menores de 3 años pueden reducir 1.200 euros al año vía IRPF o cobrar esta ayuda de forma anticipada como una mensualidad de 100 euros.
- Planes de pensiones. Podrás reducir las aportaciones que hagas a tu plan de pensiones hasta un máximo de 8.000 euros o el 30% de tus ingresos si eres menor de 50 años o el 50% para los mayores.



