Muchas de las consultas que llegan a nuestra asesoría online están relacionadas con los gastos que pueden deducirse los autónomos.

Anteriormente en nuestro blog hemos hablado de los gastos deducibles si el autónomo trabaja en casa en lugar de en una oficina. Pero, ¿qué ocurre con el transporte? ¿Se pueden desgravar los autónomos este gasto?

Antes de nada, desde nuestra asesoría online recomendamos diferenciar dos conceptos principalmente: por un lado, el IVA que se puede recuperar de las compras relacionadas con el coche y, por el otro, los gastos que pueden desgravar según el IRPF.

Los autónomos pueden deducirse entre el 100% o el 50% del IVA de los gastos relacionados con el coche, dependiendo de la dedicación del mismo a la profesión o actividad del autónomo.  Mientras que para desgravarse el IRPF de estos gastos, es necesario que el vehículo se destine al cien por cien a la actividad.

Pero, ¿cómo se demuestra que el autónomo usa el coche, en mayor o menor medida, para su actividad?

Consejos de tu asesoría online para demostrar el uso profesional de tu coche

Existen actividades que están contempladas y en las que el autónomo podría desgravarse el 100% del IRPF y además deducirse el IVA de los gastos del vehículo. En concreto: el transporte de viajeros, mercancías, enseñanza de conductores o actividades comerciales (taxistas, transportistas, mensajeros, etc.).

También hay determinados vehículos bajo las mismas características:

  • Los vehículos mixtos utilizados para transportar mercancías.
  • Los vehículos usados para el transporte de viajeros (como un taxi).
  • Los destinados a la enseñanza de conductores o pilotos.
  • Los que utilizan los fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
  • Los utilizados por los representantes o agentes comerciales.
  • Los que se usan en servicios de vigilancia.

El resto de los autónomos sólo podrá deducirse el 50 por ciento del IVA de los gastos del vehículo. A no ser que puedan demostrar que el vehículo se dedique al 100% a la actividad, algo delicado y complejo de demostrar sin tener un segundo vehículo. Para demostrarlo hay que presentar facturas.

Gastos con IVA deducible

Si eres autónomo podrás deducirte el IVA de los siguientes gastos relacionados con el vehículo:

  • Los combustibles, carburantes, lubrificantes y otros productos necesarios para el funcionamiento del vehículo.
  • Los accesorios y las piezas de recambio.
  • Servicios de aparcamiento y utilización de vías de peaje.
  • Rehabilitación, renovación y reparación.

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