Muchos de los empresarios que llegan a nuestra asesoría con una idea de negocio no saben realmente lo que han de hacer para crear su empresa. En Smartup Consulting les ofrecemos el apoyo necesario para dar esos primeros pasos.

Ya os hemos contado cuánto cuesta crear una empresa en España. Pero, además de los gastos, los empresarios han de realizar una serie de trámites para constituir su empresa.

Lo primero, como desde nuestra asesoría hemos comentado en algunas ocasiones, es decidirnos por la modalidad de empresa que vamos a crear. Y una vez decidido esto, toca hacer frente a dichos trámites.

En definitiva, contar con una asesoría como Smartup Consulting para que expertos en estos trámites te guíen es la opción más rentable para crear un negocio con todas las garantías.

Tu asesoría te informa de los cinco trámites para crear una empresa

1. Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

Se trata de una declaración censal de que la actividad da comienzo. También hay que registrar si hay alguna modificación de la actividad o un cese de la misma. En general, son trámites que ha de hacer a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades en la Agencia Tributaria (AEAT).

2. Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)

Es otro trámite de la Tesorería General de la Seguridad Social que han de realizar:

  • Los trabajadores autónomos (empresarios individuales)
  • Los comuneros
  • Los socios y administradores de algunas sociedades

3. Libro de Actas y otros registros

La ley obliga a las sociedades mercantiles a llevar:

  • Libro de actas
  • Libro registro de socios
  • Libro-registro de acciones nominativas
  • Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad

Todos estos libros hay que legalizarlos, además de presentarlos anualmente en el Registro Mercantil Provincial.

4. Licencia de actividad

En algunas ocasiones, también hay que sacarse la licencia de actividad. Este trámite se realiza en el Ayuntamiento de la localidad en cuestión. En otros casos, hay que inscribirse en el organismo oficial correspondiente.

5. Inscripción en la Tesorería General de la Seguridad Social

Si se van a contratar trabajadores hay que inscribir a la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Tras este trámite se le asignará al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones (código de cuenta de cotización).

Y no te olvides de estos otros trámites que hay que realizar al contratar trabajadores:

  • Afiliación y alta de los trabajadores en el régimen de la Seguridad Social
  • Dar de alta los contratos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal
  • Comunicar la apertura del centro de trabajo a la Consejería de Trabajo de la comunidad autónoma correspondiente

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