Como asesoría, Smartup Consulting trabaja con sus clientes en el área de la contabilidad fiscal. Les asesoramos y acompañamos para que estén al día de todas sus obligaciones fiscales y les mantenemos informados de las últimas novedades.
Por ese motivo, hoy vamos a explicar cómo es el nuevo modelo 232. Conocer la normativa vigente es la mejor forma de tener una contabilidad saneada. ¡Vamos a por ello!
Dicho modelo fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 30 de agosto. Surge al trasladar determinadas informaciones que antes se incluían en el Impuesto de Sociedades (modelo 200).
La Orden que recoge este modelo será de aplicación a los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016.
Introduciéndonos en el nuevo modelo 232
Comenzamos a desgranar el nuevo modelo. Lo más importante es que se deberá presentar el modelo 232 siempre que el contribuyente realice operaciones y tenga valores en paraísos fiscales. Sea el importe que sea.
Dicho esto, pasemos a su denominación: “Modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países y territorios considerados como paraísos fiscales”.
Pero ¿qué son las personas o entidades vinculadas? Esta lista te será muy útil.
- Una entidad y sus socios o partícipes.
- Una entidad y sus consejeros o administradores. Queda exento lo correspondiente a la retribución por el ejercicio de sus funciones.
- Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco. Dicho parentesco puede ser en línea directa o colateral. También puede darse por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios o partícipes, consejeros o administradores.
- Dos entidades que pertenezcan a un grupo.
- Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, si pertenecen al mismo grupo.
- Una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al menos, el 25 por ciento del capital social o de los fondos propios.
- Dos entidades en las cuales participen los mismos socios o personas vinculadas por parentesco (ver punto 3) al menos en un 25%, ya sea del capital social o de fondos propios.
- Una entidad residente en territorio español y sus establecimientos permanentes en el extranjero.
Información a declarar en el Modelo 232
Una vez aclarado esto, en Smartup Consulting os explicamos qué datos hay que declarar en el Modelo 232.
1.1. Información de las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas
- Operaciones con una misma persona o entidad que durante un periodo impositivo superen, en conjunto, los 250.000 euros –según el valor de mercado–.
- Operaciones específicas realizadas con personas o entidades vinculadas, siempre que el importe conjunto de cada uno de este tipo de operaciones supere los 100.000 euros.
- También como novedad, se deberán declarar aquellas operaciones que, en conjunto, superen el 50% de la cifra de negocios de la entidad. Eso sí, siempre que se enmarquen en el mismo tipo de operaciones y utilicen el mismo método de valoración.
1.2. Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles
Otras entidades que deberán presentar este modelo son las que hayan aplicado la reducción de la renta de activos intangibles a entidades vinculadas. ¿No sabes a qué se refiere? Pues a las rentas procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de:
- Patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos
- De derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas
Forma y plazos de presentación para tener al día la contabilidad fiscal
No sólo es conveniente conocer al detalle la información que hay que incluir en este modelo. Para mantener al día tu contabilidad fiscal necesitas saber cómo y cuándo presentar la documentación.
El plazo para su presentación del modelo 232 será el mes de noviembre. Aunque en la publicación del BOE lo verás como “el mes siguiente a los diez meses posteriores de la conclusión del periodo impositivo”. Y deberá presentarse obligatoriamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
En Smartup Consulting trabajamos para que tu pyme tenga un área de contabilidad saneada. Y tú, ¿tienes que presentar este modelo? Si tras leer esta información aún te quedan dudas, ¡en SmartUp Consulting podemos ayudarte!