Volvemos a retomar asuntos contables. Y es que este campo de la empresa preocupa a buena parte de los clientes de nuestra asesoría en Madrid.
Como ya hemos dicho en numerosas ocasiones, aunque en última instancia la contabilidad de vuestra empresa se delegue en una asesoría, es importante que tengáis conocimientos de ella.
Por eso no dejamos de aportaros información sobre temas que debéis controlar para la buena marcha de vuestro negocio.
Hace poco os hablábamos de los albaranes. Qué eran y si era obligatoria su conservación. Uno de estos casos era cuando se realizaban facturas recapitulativas en las que se mencionaba el albarán sin recoger la información de éste.
Pero, ¿qué son las facturas recapitulativas?
Como su denominación indica, son facturas que recopilan varias operaciones.
Normalmente se usan cuando entre personas o empresas hay operaciones mercantiles de manera recurrente.
En las facturas rectificativas se aglutinan la información de todos los tiquets o albaranes expedidos en un mes natural a un mismo receptor.
¿Qué datos debe incluir una factura rectificativa?
Como todas las facturas debe tener número y, en su caso, serie, fecha del día de expedición, datos identificativos del emisor y del receptor, domicilio fiscal de ambos, descripción de las operaciones, el IVA correspondiente y el tipo impositivo o retención de IRPF, el importe a pagar.
En la descripción de las operaciones es habitual que estas facturas recopilativas aludan a los albaranes correspondientes. En ese caso, como ya te hemos indicado desde nuestra asesoría en Madrid, hay que conservarlos y anexionarlos a esta factura.
Como vas a hacer referencia a varias operaciones, en cada una de ellas deberás indicar el IVA correspondiente.
En nuestra asesoría en Madrid contamos con profesionales que pueden resolverte las dudas que te surjan en este sentido. Consúltanos.